Entrevista a Sebastián Obregón: Análisis del Fallo sobre el DNU 340/2025
1/15/20261 min read
Resumen
La Sala III de la CNAT declaró la inconstitucionalidad de los artículos 2 y 3 del DNU 340/25, en cuanto impone restricciones al derecho de huelga en numerosas actividades a las que considera como servicios esenciales. Refirió que no se verifican circunstancias excepcionales ni situaciones de necesidad y urgencia que hayan impedido el trámite constitucional de sanción de las leyes, habida cuenta que a la fecha de sanción de la norma impugnada el Congreso de la Nación se encontraba en sesiones ordinarias. Enfatizó que tal como ocurrió en el caso del DNU 70/23, no se cumplió con ninguno de los plazos y condiciones establecidos por la Ley 26.112 y que el silencio de las cámaras legislativas no puede concluir en la vigencia del decreto. En consecuencia, consideró que la ausencia de pronunciamiento tanto de la Comisión Bicameral como de las Cámaras del Congreso lleva a aferrarse al principio general que emerge del art. 99 inc. 3 de la Constitución Nacional: la prohibición de emitir disposiciones legislativas por parte del Poder Ejecutivo Nacional.
